Proselitismo religioso en oficina pública

Ésta es la Sección General, un lugar público en donde los ateos, agnósticos y creyentes nos reunimos, hablamos sobre ateísmo, religiones, dioses y temas directamente relacionados, en plena libertad de opinión. Para tratar otros temas distintos, por favor acude a El Café Ateo.
Levassor
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Proselitismo religioso en oficina pública

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Saludos.

Tengo un problema. Soy funcionario (este no es el problema; tenedme paciencia ... es que soy funcionario :rolleyes: ) y trabajo en una Oficina de atención al público en Sevilla. Junto a la mesa donde atiendo a la ciudadanía a diario me han colocado un cartel que pretendidamente es promocional de la semana santa sevillana, aunque en la prácica solo muestra a un crucificado ocupando todo el papel. El cristo es, según parece, una obra de arte de no sé qué imaginero centenario; pero lo cierto es que a mí me resulta muy violento trabajar junto a él sobre todo porque tengo el convencimiento de que se ha colocado ahí para hacer proselitismo católico más o menos disimulado y poder algunos de mis compañeros y jefes (a los que, creedme, conozco bien; esto no es ninguna paranoia mía) vanagloriarse de que en "su oficina" todavía luce el crucifijo a pesar de ser de atención al público.

Planteada la cuestión de su retirada, debo decir en honor a la verdad que la mayoría de mis compañeros se mostraron partidarios de que el cartel/crucifijo siquiera fastidiándome el cogote y recibiendo con los brazos abiertos a todos los ciudadanos sin distinción de raza o credo pero eso sí, proclamando que la oficina es apostólica y capirotera seguidora de la secta de Herr Ratzinger.

Los jefes determinaron democráticamente que la mayoría manda (esto me sorprendió), lo cual aproveché para argüir que siendo una oficina pública no se trata en ningún caso de decidir entre los que allí trabajamos sino de determinar lo correcto en función del conjunto de los ciudadanos y las leyes y normas que nos rigen. Afirmé muy alegremente (aunque creyendo estar en lo correcto) que "no se puede hacer proselitismo religioso en las oficinas públicas" a ver si así me libraba del irredento redentor.

A esto mi jefe se ha limitado a contestarme: "bueno, tráeme donde pone eso".

Y en eso estoy. Analfabeto en leguleyerías como soy, me he pasado la tarde buscando orientación en la red de una manera infructuosa. Pienso que debe haber a estas alturas del Estado de Derecho (por muy lejos que todavía estemos, que lo estamos, de alcanzar una aceptable laicidad pública), alguna ley o norma contra el uso de símbolos y el proselitismo religioso en oficinas públicas, pero desgraciadamente no soy capaz de encontrarlas.

¿Alguien podría orientarme al respecto?

Ah, y por cierto, espero haber acertado con la sección adecuada para planterar la cuestión. De no ser así tened en cuenta que estoy recién llegado y por favor disculpad las molestias.

Muchas gracias y saludos a todos.

Levassor.

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Shé
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Re: Proselitismo religioso en oficina pública

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No puedo remitirte a una ley en concreto. A estas alturas deberíamos ya tener la prometida Ley de Libertad de Conciencia, que mejorase la de 1983, pero dejaron el proyecto de ley aparcado en 2010.

Sin embargo la constitución dice que España es un estado aconfesional, en el que no puede haber discriminación de ninguna creencia religiosa, y hacer ostensible la presencia de la religión católica en lugares públicos vulnera la constitución.

Puedes leer aquí casos de denuncias y algunos en los que la Justicia ha ordenado la retirada de símbolos religiosos de lugares públicos en España.

Espero que algún compañero pueda darte información más concreta, para que puedas mostrarla en tu lugar de trabajo.
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Reficul
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Re: Proselitismo religioso en oficina pública

Mensaje sin leer por Reficul »

Una de los temas del enlace propuesto por Shé (en concretola entrada titulada "Tras la denuncia del Observatorio de la Laicidad retiran los cricifijos del Centro de Salud El Porvenir de Sevilla") contiene una denuncia que puede ser perfectamente reutilizable con sólo cambiar un par de datos:
HECHOS
1. Que en el Centro de Salud “El Porvenir” en Sevilla, concretamente en la consulta nº 29, la existencia de un crucifijo sobre la mesa donde atiende el médico de cabecera al público en general y a los enfermos en particular.
2. Que personas que trabajan y acuden a este Centro de Salud, nos han hecho llegar esta situación por la que se ven personalmente afectados, ya que dicho lugar ha de ser visitado por los propios trabajadores, enfermos y demás personas que acuden para realizar sus gestiones y labores en este centro de carácter público.
Por todo lo cual se DENUNCIA la existencia de tales símbolos por atentar contra la libertad de conciencia que protegen la Constitución Española y el derecho internacional de aplicación en España como la Convención de Derechos Humanos y la Carta Europea de Derechos Humanos.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
a) El derecho de toda persona y ciudadano a la libertad religiosa, art. 16, 9,1, 14, 24, 27,3 y 8 y 53.1 del a Constitución, Ley Orgánica de 5 junio 198 completándose con el artículo 9 CEDH.
b) El valor o bien jurídico que protege la libertad religiosa es el rechazo de toda forma de coerción por razón de creencias religiosas. Este derecho fundamental presenta dos, una positiva, consistente en tener y manifestar las creencias uno libremente adopte, y otra negativa, consistente en no verse obligado a declarar por las creencias, como complemento de lo anterior, la libertad religiosa comporta que el Estado debe de mantener una actitud neutral en materia de creencias, que en España, a la vista del artículo 16 de la Constitución adopta la aconfesionalidad del Estado y por tanto de todas las administraciones públicas.
c) La libertad religiosa comporta por tanto en su sentido positivo una faceta subjetiva que se traduce que cada ciudadano tendrá las creencias e ideas que estime más adecuadas sin sufrir presión o represalia alguna sin que pueda por tanto ser sancionado por ello, pero también concurre una faceta externa consistente en manifestar las propias ideas o creencias, comportarse de acuerdo con ellas, hacer proselitismo etc. Esta dimensión o faceta externa se fundamenta en la relevancia de la supraindividualidad de ideas o creencias, que se manifiesta en lo que se denomina libertad de culto. Ello no implica obligar a otros que no comparten esas mismas ideas a que tengan que soportar las manifestaciones de los anteriores de forma permanente en los espacios públicos.
d) En el presente caso, se considera que lo relevante para resolver la vulneración de la libertad religiosa se materializa en la existencia de espacios académicos públicos de símbolos de la religión católica, radica, por un lado en la faceta externa del derecho y concretamente de la relación con el proselitismo y exteriorización de simbología propia de la religión en cuestión, entendiendo estos como actividad deliberada de imponer y convencer del propio credo y hacer nuevos adeptos, y por otro lado, en el carácter aconfesional del Estado y el principio que consagra el artículo 14 de la C.E
e) El Tribunal Europeo de Derechos Humanos en su sentencia Kokknakis c. Grecia, de 25 mayo de 1993, ha distinguido entre proselitismo licito e ilícito, considerando ilícito el proselitismo que ofrece ventajas materiales o sociales o hace presión sobre personas en dificultad o ejerce presiones psicológicas. Por otro lado parece lógico que los símbolos que representan los actos rituales de una religión y su transposición doctrinal sintética al ámbito de los objetos, tienen un fuerte poder de proselitismo, especialmente en personas de corta edad o con voluntad e intelecto en formación, así como en personas en condiciones de vulnerabilidad por enfermedad,...
f) El artículo 16 de la C.E. establece el principio de aconfesionalidad del Estado, por tanto ninguna confesión puede tener carácter estatal, o lo que es lo mismo, el Estado, no puede adherirse ni prestar su respaldo a ningún credo religioso. NO debe de existir confusión alguna entre los fines religiosos y los fines Estatales (STC 46/91). En definitiva que nadie podrá sentir, que, por los motivos religiosos, el Estado le es más próximo que a sus conciudadanos. Lo que se traduce en que en los ámbitos de actuación pública u oficial del Estado, ninguna religión tendrá carácter preferente o preponderante sobre las demás
g) El artículo 14 C.E. proclama la igualdad ante la Ley de todas las personas, prohibiendo cualquier discriminación por razón de religión, lo que pone de manifiesto un núcleo de conexiones de los artículos 16 y14.
h) La sentencia del Tribunal Constitucional 24/82, de 13 mayo, recurso 68/1982, dice:…”es asimismo cierto que hay dos principios básicos en nuestro sistema político, que determina la actitud del Estado hacia los fenómenos religiosos y el conjunto de relaciones entre el Estado y las iglesias y confesiones: el primero de ellos es la libertad religiosa, entendida como un derecho subjetivo de carácter fundamental que se concreta en el reconocimiento de un ámbito de libertad y de una esfera de agüere licere del individuo; el segundo es el de igualdad, proclamado por los artículos 9 y 14, del que se deduce que no es posible establecer ningún tipo de discriminación o de trato jurídico diverso de los ciudadanos en función de su ideologías o sus creencias y que debe existir un igual disfrute de la libertad religiosa por todos los ciudadanos. Dicho de otro modo el principio de libertad religiosa reconoce el derecho de los ciudadanos a actuar en este campo con plena inmunidad de coacción del Estado y de cualesquiera grupos sociales de manera que el Estado se prohíbe a sí mismo cualquiera concurrencia, junto con los ciudadanos, en calidad de sujeto de actos o de actitudes de signo religioso y el principio de igualdad, que es en consecuencia el principio de libertad en esta materia, significa que las actitudes religiosas de los sujetos de derecho no pueden justificar diferencias de trato jurídico” y concluye que el principio de igualdad, que es consecuencia del de libertad en esta materia, significa que las actitudes religiosas de los sujetos no pueden justificar diferencias de trato jurídico.
i) Por tanto, en los espacios públicos ninguna religión tendrá carácter preferente, ni el Estado, ni ninguna de las Administraciones Públicas, podrá respaldar en sus actuaciones prestaciones o fines, ningún credo ni sus símbolos, dado que el Estado es aconfensional y además lo impide el artículo14 C.E.
j) Asimismo, el edificio donde se encuentran el citado símbolo, no tiene carácter privado, en tanto en cuando que es un Centro de Salud, dependiente de la administración pública.
k) La Ley Orgánica 7/1980 establece que el ejercicio de los derechos dimanantes de la libertad religiosa y culto, tiene como único límite, la protección del derecho de los demás al ejercicio de sus libertades públicas y derechos fundamentales, así como la salvaguardia de la seguridad, de la salud y moralidad pública, elementos constitutivos del orden público protegido por la Ley en el ámbito de una sociedad democrática.
l) El Tribunal Constitucional en esta sentencia 154/2002 que el derecho a la libertad religiosa no es ilimitado o absoluto, a la vista de la incidencia que su ejercicio puede tener sobre otros titulares de derechos y bienes constitucionalmente protegidos y sobre los elementos integrantes del orden público protegido por la Ley, que conforme a los dispuesto en el artículo 16.1 de la CE, limita sus manifestaciones.
m) El Ministerio Fiscal cita en su informe la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 25 mayo de 1992 (Kokkinakis c/ Grecia). En esta sentencia se dice: “Procede ante todo distinguir el testimonio cristiano de proselitismo del procedimiento abusivo: el primero corresponde a la verdadera evangelización de un informe elaborado en 1956, en el marco del Consejo Ecuménico de las Iglesias, califica de misión esencia y de responsabilidad de cada cristiano y de cada iglesia. El Segundo representa la corrupción o la deformación. Puede revestir la forma de actividades que ofrecen ventajas materiales o sociales para obtener aproximación a una iglesia o que ejercen una presión abusiva sobre las personas en situación de debilidad o de necesidad, según el mismo informe.
n) En España, la opción constitucional se haya en el apartado 3 de la artículo 16 de la Constitución, por el que ninguna confesión tenga carácter estatal y eso significa que el Estado o cualesquiera de las Administraciones Públicas no puede adherirse ni prestar su respaldo a ningún credo religioso, que no debe de existir confusión alguna entre los fines religiosos y los fines estatales (STS 46/2001). La aconfensionalidad implica una visión más exigente de la libertad religiosa, pues implica la neutralidad del Estado frente a las distintas confesiones religiosas y, más en general, ante el hecho religioso. Nadie puede sentir que, por motivos religiosos, el Estado o las Administraciones Públicas están más o menos próximas a sus conciudadanos.
o) La instalación de dichos símbolos, tiene una connotación religiosa igual que lo tienen otros elementos de la religión católica y por tanto su instalación en los edificios públicos es una imposición a todos aquellos ciudadanos que no son participes de esas ideas religiosas y a los que se les obliga a convivir con algo que va en contra de sus ideas, vulnerando por el tanto el precepto constitucional de libertad religiosa (art. 16).
p) Asimismo, la instalación de los citados símbolos en las zonas públicas del mencionado edificio es una manifestación inequívoca de que la Administración Pública se decanta a favor de la religión católica en detrimento de las otras confesiones religiosas y de las convicciones del resto de los ciudadanos que no profesan esa confesión religiosa y hace proselitismo y vulnera el principio de libertad religiosa y de la aconfesionalidad del Estado y de las diversas Administraciones Públicas.
Por todo lo expuesto se SOLICITA:
La inmediata retirada de todos los símbolos de carácter religioso confesional existentes en dicho centro, de conformidad con las normas y sentencias expuestas en este escrito.
En Granada a 20 de septiembre de 2011
Fdo.: Manuel Navarro Lamolda
SR./A. DIRECTOR DEL CENTRO DE SALUD “EL PORVENIR”, SEVILLA.
SR./A. DELEGADO DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE SALUD, SEVILLA.
SR./A. CONSEJERO DE LA CONSEJERÍA DE SALUD, SEVILLA.
Si presentando estos fundamentos y precedentes no acceden a retirar el cartel por las buenas, cuentas con Iniciativa Atea para pasar a mayores. Seguramente, también los compañeros de Europa Laica estarán encantados de cooperar.

Saludos
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Shé
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Re: Proselitismo religioso en oficina pública

Mensaje sin leer por Shé »

Perfecto. Se ve que el amigo Reficul bucea mejor que yo. :lol:

Si tu jefe te ha pedido que le enseñes "dónde viene eso", podrías enseñarle esta petición argumentada que se envió y la respuesta confirmando la retirada del crucifijo.

Y si con eso no consigues nada, aquí estamos, con el año recién estrenado y ganas de no dejarnos comer ni un centímetro de terreno.
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juanlopez1980
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Re: Proselitismo religioso en oficina pública

Mensaje sin leer por juanlopez1980 »

Junto a la mesa donde atiendo a la ciudadanía a diario me han colocado un cartel que pretendidamente es promocional de la semana santa sevillana
Aquí pudiera estar el "meollo" de la cuestión, en el tema de que es un cartel promocional . Bajo esta "excusa" habría que intentar ver si en esa oficina de atención al público se puede publicitar cosas en general, dado que si ello es posible por el propio funcionamiento , por ejemplo , que fuera una oficina de información turística , me temo que el contenido del cartel sería lo de menos. Entiendo que no es el mismo caso de un crucifijo en tu oficina que es un símbolo religioso y esto es una publicidad al menos en apariencia.
"Nuestro cerebro tiene funciones para generar creencias y otras armas para admitirlas o no, la Razón"

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Sunami
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Re: Proselitismo religioso en oficina pública

Mensaje sin leer por Sunami »

Hace varios años hice una queja sobre el Belén que adornaba la entrada a mi instituto en esos tiempos :kteden: , al final no sirvió para nada. :nono:
"Marx decía que la religión es el opio del pueblo, yo digo que el opio del pueblo es la expansión crediticia" - Huerta de Soto

Levassor
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Re: Proselitismo religioso en oficina pública

Mensaje sin leer por Levassor »

Hola.

Muchísimas gracias a todos por vuestro interés y ayuda.

Esta mañana he trasladado la cuestión a mi jefe armado con el material aquí obtenido. Por el momento la cosa no ha ido mal porque al menos el asunto ha sido "admitido a trámite". La cosa está, por así decirlo, en cónclave. A ver en qué acaba.

La impresión que me da es que mi jefe, sin que le disguste el cartelito, tampoco tendría mayor problema en quitarlo si así se dispone. Algunos de mis compañeros (se me olvidó decir que uno de ellos es el autor de la "feliz idea" de colgar el dichoso adorno)) en cambio se muestran más contrariados con la idea y como bien ha intuido juanlopez1980, ante la artillería "antisimbólica" que presenté, ya empiezan a contraatacar, por si el veredicto de las altas instancias les es negativo, dejando caer la idea de que el cartel no es símbolo sino promoción de la Semana Santa. La oficina es de Documentación de Españoles, no tiene nada que ver con el Turismo (aparte de que me paso el día haciéndoles el pasaporte a gente que se va a Cancún mientras yo me quedo aquí, claro :x :lol: ); pero sí que tiene colgados desde hace mucho otros carteles turísticos de la ciudad sin que sean (a mi juicio,) tan problemáticos como éste. En fin, como digo, ya veremos en qué queda la cosa; espero que no me pase como a Sunami; pero tampoco creais que las tengo todas conmigo.

Si os parece os mantendré informados aquí mismo.

Saludos,
Levassor.

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Shé
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Re: Proselitismo religioso en oficina pública

Mensaje sin leer por Shé »

Estupendo.

Ojalá todos los problemas de este tipo se encarasen así en todas partes.

Pero temo que la "militancia" de algunos católicos intolerantes les hace creerse perseguidos cuando no consiguen imponer a todos los demás sus símbolos y sus normas morales. Y entonces la cosa se complica, mucho.

Mantennos informados, por favor.

:occasion14:
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estintobasico
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Re: Proselitismo religioso en oficina pública

Mensaje sin leer por estintobasico »

Levassor escribió:Tengo un problema. Soy funcionario (este no es el problema; tenedme paciencia ... es que soy funcionario )
:evil:

Lo siento, si no nos haces dos copias compulsadas de tu comentario no podemos tenerte paciencia.

:salut:
“Decirle a un ateo que respete la religión es como decirle a un negro que respete el KU KLUX KLAN" Andre Oliver

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jasimotosan
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Re: Proselitismo religioso en oficina pública

Mensaje sin leer por jasimotosan »

Estamos buenos, me recuerda a lo del gimnasio que ponía el ángelus.

Yo nací y viví en Sevilla y sé de lo que hablas ¡Qué jartá de cofradías! Qué cantidad de hipocresía, qué gente más falsa: El hermano mayor de una cofradía de Jerez me dijo un día sobre una tercera persona, literal, eh: "Es más falso que el abrazo de un capillita"... él lo sabría, me quedé con la frase por descriptiva.

Te felicito por la iniciativa aunque como han dicho aquí si no lo cuelan por lo religioso, lo colarán por lo folklórico.

Pregunto: No podrías contratacar. Es una idea aunque yo no sé nada de como funcionan las oficinas públicas, mal, sí, digo internamente (es broma, si no la escribo reviento, perdona). Me refiero, si no quitan el cartel no te podrías poner una camiseta que dijera Monesvol es Dios, o un calendario con la imagen de Monesvol. Yo tengo una gorra muy aparente con las almóndigas de lana, sus apéndices sagrados y sus ojos de cuentas, si quieres te la presto.

Lo anterior es semi-broma, se trataría de poner un cartel (iba a poner poster, uy) rompepelotas, aunque no se si envenaría demasiado el ambiente, los capillitas, como son tan amanerados con lo de las braguitas de la virgen y los doraditos del paso, parecen inofensivos pero puedo certificar que no lo son: gastan muy mala leche incluso entre ellos mismos.

En fin, dios nos coja confesados.
Aquel que quiera ser cristiano debe arrancarle los ojos a su razón. La fe debe sofocar toda razón, sentido común y entendimiento. Lutero

xasto
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Re: Proselitismo religioso en oficina pública

Mensaje sin leer por xasto »

Levasor:
Algunos de mis compañeros (se me olvidó decir que uno de ellos es el autor de la "feliz idea" de colgar el dichoso adorno))
Según esta frase entiendo que "tu compañero" no es un jefe o un funcionario de rango más algo que tú. Si es así, y cualquier funcionario puede pegar un cartel en la oficina, nadie debería poder impedirte colgar uno de una ideología completamente contraria a las creencias religiosas, como por ejemplo alguno que hiciera referencia al ateísmo, o contra la religión en general o contra la Iglesia Católica. Es entonces cuando se entendería dirctamente lo que significa "Estado laico" o "libertad de expresión". Si ellos tienen derecho a hacer apologìa del catolicismo, tú puedes hacer lo mismo con el anticlericalismo, el ateísmo etc. a través de un cartel que hiera a los ojos de los creyentes. :mrgreen:

Aplica aquello de "donde las dan, las toman" :violent1:
La dignidad humana está por encima de cualquier dios

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FuriaAtea
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Re: Proselitismo religioso en oficina pública

Mensaje sin leer por FuriaAtea »

xasto escribió:
... y cualquier funcionario puede pegar un cartel en la oficina, nadie debería poder impedirte colgar uno de una ideología completamente contraria a las creencias religiosas, como por ejemplo alguno que hiciera referencia al ateísmo, o contra la religión en general o contra la Iglesia Católica. Es entonces cuando se entendería dirctamente lo que significa "Estado laico" o "libertad de expresión". Si ellos tienen derecho a hacer apologìa del catolicismo, tú puedes hacer lo mismo con el anticlericalismo, el ateísmo etc. a través de un cartel que hiera a los ojos de los creyentes. :mrgreen:

Aplica aquello de "donde las dan, las toman" :violent1:
¡Jo! Estaré encantado de prestarle mi avatar.
La religión es como el pene: podrás estar orgulloso de él, pero está mal andar exhibiéndolo y tratar de metérselo a la fuerza los demás.

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Shé
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Re: Proselitismo religioso en oficina pública

Mensaje sin leer por Shé »

Lamentablemente el artículo 525 del código penal dice:
Artículo 525.

1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.

2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna.
Es curioso que se han hecho bastantes denuncias al amparo del 525.1, pero no, al menos que yo sepa, al amparo del 525.2

Y es que los religiosos consideran que todo lo suyo es sagrado, y por tanto se sienten atacados y perseguidos por cualquier cosa que no suponga la sumisión absoluta y veneración de sus símbolos y dogmas.

Sus ataques a los derechos de las personas -el aborto, el divorcio, el matrimonio de homosexuales, ser mujer o ser homosexual en igualdad legal, etc.- y sus insultos y amenazas a quienes no compartimos su visión del mundo son cotidianos. El mero hecho de reivindicar la legalidad del suicidio asistido es considerado un ataque horrible contra la vida, porque nuestras vidas, según los obispos, no son nuestras, sino de dios. Y eso nos convierte en blanco de sus diatribas. Nos vemos indefensos ante las consecuencias de sus imposiciones, que, en este caso, podría ser una muerte lenta, dolorosa e indigna en contra de nuestra voluntad, porque la ley actual se pliega a ese dios dueño de nuestra existencia.

Pero no por eso les llevamos ante los tribunales por hacer escarnio de nuestras ideas -aunque en ocasiones dan ganas de hacerlo-.
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Levassor
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Re: Proselitismo religioso en oficina pública

Mensaje sin leer por Levassor »

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Aunque todavía no hay decisión oficial, por lo que me barrunto el cartel va camino de ser degradado de símbolo religioso a simple cartel turístico-promocional, con lo que salvaduardará su lugar en el mundo (que es a escasos metros de mi compungida faz).

Queda por supuesto el pequeño detalle de que, aparte de que pueda o no pueda estar legalmente, el hecho es que a mí el cartel me incomoda y me hace sentir mal, algo que a estas alturas ha quedado bien claro en la oficina; pero a lo que mis compañeros/as (no solo el "decorador sacro-gore") parecen sin embargo no darle importancia.

Yo la verdad es que me quedo bastante descolocado en este asunto porque en honor a la verdad debo decir que no son malos compañeros, pero en este tema les trae sin cuidado mi malestar y entonces ... ¿son buenos compañeros?. A veces pienso que sencillamente no terminan de procesar eso de que a alguien pueda realmente incomodarle un crucifijo, que es algo tan inconcebible para ellos (ya sabeis como son muchos creyentes), que o lo toman a mal (por el momento no) o lo toman a capricho sin importancia. Vete a saber.

Sea con o sin mala intención lo cierto es que esta actitud, aunque aislada porque ya digo que por lo demás no suelo tener queja, termina escociendo un poquito y no os voy a negar que la propuesta de Xasto de "contratacar" me resulta atractiva. Lugar para hacerlo hay, justo al lado del crucificado además.

Ahora bien, como bien indica Shé, habría que andar fino en el asunto. Desde luego agradezco enormemente el ofrecimiento de FuriaAtea; pero dudo mucho que su refinado gusto estético sea compartido mayoritariamente en mi lugar de trabajo. Habría que buscar algo con simbolismo ateo que pudieramos hacer pasar por cartel promocional turístico a fin de asegurar su pervivencia en la pared, usando los mismos argumentos de "mis" católicos (y que por tanto habrán de ser tomados como axioma incuestionable). El aspecto material de la cuestión no da problema pues tengo acceso (en el estudio de un familiar, no seais malpensados) a un ploter a color que saca cartelones del copón, aunque en este caso el copón no nos venga bien como tema. Porque ahí está el quid de la cuestión: gracias al ploter el motivo del cartel puede ser cualquiera que nos venga bien pero ¿qué poner que cumpla con las características requeridas? ¿Hay algún monumento ateo que pueda promocionarse turísticamente colocándolo a la derecha de dios hijo para tocarle sus flagelados cataplines?

Me da la impresión de que los ateos no somos muy de monumentos, porque a mí por lo menos no se me ocurre que exista ninguno que valga, y en google nada de nada (¡Y luego me seguirán viniendo con el viejísimo tocho aquel a convencerme de que tiene todas las respuestas cuando ni siquiera google las tiene! ;) ).

En plena masturbación mental, se me a ocurrido como mal menor echar mano de personajes mitológicos que, sin bien son evidentemente religiosos, se destaquen como símbolos de la rebelión ante la terrible dictadura de los dioses. No es lo que buscamos pero es menos que nada .... No sé. ¿Cómo lo veis? :z13:

Al principio pensé en el Prometeo dorado ese famoso que hay en NY; pero enseguida lo he desechado, primero porque a Prometeo no lo conoce ni dios (y nos interesa que lo conozca porque se trata de ser su vecino incordiante) y segundo porque esa estatua está en el Rockefeller Center y bueno, yo me habré aburguesado todo lo que querais pero de ahí a hacerle promoción turística a eso todavía no llego.

El Lucifer de Turin no estaría mal. Al tipo lo conoce todo el mundo, y precisamente es famoso por hacer lo que queremos que haga. Lo que pasa es que el monumento en sí no me resulta muy bonito.

Llegamos así, evidentemente, al Angel Caído de Madrid. Aunque no sería un tema ateo, sí que sería un simbólico homenaje a la resistencia frente a la tiranía del dogma ... claro que en realidad no lo sería ¿eh?; hay que acordarse de que en realidad sería una promoción turística del Parque del Retiro, ¿vale? :D . No es que me convenza del todo, la verdad; pero pienso que pudiera valer ... que contrarrestaría bastante la presencia del señor de las espinas.


Luego igual resulta que mis temores son infundados y quitan el cartel, pero mientras ¡se pasa bien maquinando! :twisted:

¿Y vosotros qué Pensais de toda esta calentura? Igual alguien maquina algo mejor ....

Llamé al cielo y no me oyó
Y pues sus carteles no quita,
Si yo pego mi estampita,
Responda el cielo y no yo.


Saludos,
Levassor.

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bukowski
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Re: Proselitismo religioso en oficina pública

Mensaje sin leer por bukowski »

¿Ulises no fue castigado en su viaje por no rendir pleitesía a los dioses? A ese lo conocen mas que a prometeo pero no sé si pillarían el mensaje. :lol:
Todo el mundo debería creer en algo... yo creo que me tomaré otra copa .

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Vitriólico
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Re: Proselitismo religioso en oficina pública

Mensaje sin leer por Vitriólico »

Levassor escribió: Aunque todavía no hay decisión oficial, por lo que me barrunto el cartel va camino de ser degradado de símbolo religioso a simple cartel turístico-promocional, con lo que salvaduardará su lugar en el mundo (que es a escasos metros de mi compungida faz).
Interesante.
Si obtienes un papel en el que se diga eso, la sanción por romper en mil pedazos un simple cartel promocional no tendría que ver con ningún ataque a la religión, digo yo.
Levassor escribió: ...
Yo la verdad es que me quedo bastante descolocado en este asunto porque en honor a la verdad debo decir que no son malos compañeros, pero en este tema les trae sin cuidado mi malestar y entonces ... ¿son buenos compañeros?. A veces pienso que sencillamente no terminan de procesar eso de que a alguien pueda realmente incomodarle un crucifijo, que es algo tan inconcebible para ellos (ya sabeis como son muchos creyentes), que o lo toman a mal (por el momento no) o lo toman a capricho sin importancia. Vete a saber.
...
Mucho antes que huir de los "malvados", hay que huir de los tontos.
Si pretendes razonar sobre religión con un creyente piensa que, si pudiera razonar sobre ello, ... ¡no sería creyente!

"La primera vez que alguien te engaña, es culpa suya. La segunda, tuya.".
(Proverbio árabe).

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Vitriólico
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Re: Proselitismo religioso en oficina pública

Mensaje sin leer por Vitriólico »

Esta mañana he estado hablando con un presidente territorial de Europa Laica sobre la conveniencia de publicar una pequeña guía de actuación y modelo de alegación estándar para estos casos.
No será inmediato, pero lo redactarán los abogados de dicha asociación. Cuando esté, la incluiremos en nuestra página.
Si pretendes razonar sobre religión con un creyente piensa que, si pudiera razonar sobre ello, ... ¡no sería creyente!

"La primera vez que alguien te engaña, es culpa suya. La segunda, tuya.".
(Proverbio árabe).

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Shé
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Re: Proselitismo religioso en oficina pública

Mensaje sin leer por Shé »

Por el momento, te propongo el siguiente cartel:
PRÓXIMAMENTE, TAMBIÉN EN SEVILLA
Imagen

Tenemos una exposición itinerante de láminas, de la que esta es la de presentación, cuyo resumen puedes ver aquí: https://iatea.org/exposicion_itinerante.php" onclick="window.open(this.href);return false;

La información no está al día, porque después de la exposición de Madrid, estuvo este verano en el País Vasco, ahora se expondrá de nuevo en Madrid, en febrero - marzo estará en Málaga, y después bien podría ir a Sevilla.
Por un mundo más libre y con menos hipocresía, asóciate: https://iatea.org/asociarse.php

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Shé
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Re: Proselitismo religioso en oficina pública

Mensaje sin leer por Shé »

Vitriólico escribió:Esta mañana he estado hablando con un presidente territorial de Europa Laica sobre la conveniencia de publicar una pequeña guía de actuación y modelo de alegación estándar para estos casos.
No será inmediato, pero lo redactarán los abogados de dicha asociación. Cuando esté, la incluiremos en nuestra página.
Muy bien. Este tipo de cosas es lo que necesitamos para poder ser activos y prácticos.
Por un mundo más libre y con menos hipocresía, asóciate: https://iatea.org/asociarse.php

JohnyFK
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Re: Proselitismo religioso en oficina pública

Mensaje sin leer por JohnyFK »

xasto escribió:Levasor:
Algunos de mis compañeros (se me olvidó decir que uno de ellos es el autor de la "feliz idea" de colgar el dichoso adorno))
Según esta frase entiendo que "tu compañero" no es un jefe o un funcionario de rango más algo que tú. Si es así, y cualquier funcionario puede pegar un cartel en la oficina, nadie debería poder impedirte colgar uno de una ideología completamente contraria a las creencias religiosas, como por ejemplo alguno que hiciera referencia al ateísmo, o contra la religión en general o contra la Iglesia Católica. Es entonces cuando se entendería dirctamente lo que significa "Estado laico" o "libertad de expresión". Si ellos tienen derecho a hacer apologìa del catolicismo, tú puedes hacer lo mismo con el anticlericalismo, el ateísmo etc. a través de un cartel que hiera a los ojos de los creyentes. :mrgreen:

Aplica aquello de "donde las dan, las toman" :violent1:
A mi no me importa que la gente exhiba símbolos religiosos a título personal. Incluso viene bien para saber de qué pie cojean. Por el contrario sí que estoy en desacuerdo con los símbolos religiosos adoptados a nivel institucional.

Pero hay ciertos casos en los que incluso los que se exhiben a título personal me parecen extremadamente inadecuados, y bastante desagradables. Las representaciones de tortura explícita siempre me han molestado, y me resultan demasiado perturbadoras como para que se exhiban en lugares públicos, menos aún en lugares de trabajo, y es el caso de crucifijos o el imaginario de semana santa. No sé como todavía no ha salido ninguna asociación quejándose del asunto cuando sí que lo hacen con películas, juegos y demás.

Yo, si estuviera en el caso de Levasor pegaría un cartel con una imagen de prácticas sadomasoquistas, o de alguien en un potro de tortura. Cuando los compañeros fueran a quejarse solo habría que decirles "no soy el único que cuelga este tipo de imágenes" señalando el cartel de semana santa.
"El ser humano no es un animal racional, tan solo es capaz de razonar" Jonathan Swift
Jesús no murió por ti, fueron las estrellas: http://www.youtube.com/watch?v=Ne9pVmG7n8Q
Asociate a Iniciativa atea: Asociarse

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